Ley 22.415

Artículo 1138Comunicación al administrador de la interposición del recurso

Texto oficial

Interpuesto el recurso de ante el Tribunal Fiscal o la contenciosa ante el juez competente, se comunicará al administrador mediante presentación escrita o por entrega al correo en carta certificada con aviso de retorno, dentro del plazo para interponerlos.

Qué significa en la práctica

Al interponer el recurso de ante el TFN o la contenciosa, debe comunicarse al administrador aduanero dentro del mismo plazo de interposición, por escrito o por carta certificada con aviso de retorno.

Efectos prácticos

  • Obligación de notificar al administrador de la interposición del recurso
  • Plazo: dentro del mismo plazo de interposición del recurso (15 días)
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