Ley 22.415

Artículo 1139Resolución firme cuando no se interpone recurso

Texto oficial

Si no se interpusiere ni contenciosa, cuando fueren viables, la resolución del administrador dictada en los procedimientos de impugnación, de repetición y para las infracciones se tendrá por firme y pasará en autoridad de .

Qué significa en la práctica

Si vencido el plazo no se interpuso recurso de ni contenciosa (siendo viables), la resolución del administrador queda firme con autoridad de .

Efectos prácticos

  • La inacción del particular en el plazo hace ejecutoria la resolución administrativa
  • Cosa juzgada administrativa impide reabrir la cuestión
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