Ley 22.415

Artículo 114Medidas de control disponibles

Texto oficial

Para el cumplimiento de sus funciones de control, el servicio aduanero adoptará las medidas que resultaren más convenientes de acuerdo a las circunstancias, tales como la verificación de la mercadería en cualquier ámbito en que se encontrare, la imposición de sellos y precintos y el establecimiento de custodias.

Qué significa en la práctica

El servicio aduanero puede elegir la medida de control más adecuada según las circunstancias: verificar mercadería, poner sellos y precintos o establecer custodias. La lista es ejemplificativa, no taxativa.

Ejemplo práctico

Un contenedor en tránsito puede ser precintado hasta su verificación en destino

Efectos prácticos

  • Los sellos y precintos garantizan la integridad de la carga durante el tránsito
  • Las custodias pueden imponerse sobre depósitos o medios de transporte
  • El criterio de conveniencia da discrecionalidad operativa al agente
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