1. Toda aeronave debe traer a bordo para su presentación al servicio aduanero:
a) la declaración general, que incluirá los datos relativos a la aeronave, su itinerario, tripulación y cantidad de pasajeros y de manifiestos originales de la carga;
b) el o los manifiestos originales de la carga, incluida la declaración internacional de equipaje no acompañado de pasajeros.
2. Asimismo, toda aeronave debe traer a bordo la lista detallada de las provisiones de a bordo y demás suministros, cuya exhibición podrá ser requerida por el servicio aduanero.
3. Salvo disposición especial en contrario y sin perjuicio de las obligaciones inherentes a los pasajeros, no será necesario manifestar el equipaje acompañado de éstos.
Qué significa en la práctica
Los aviones deben presentar: (1) declaración general del vuelo, (2) manifiesto de carga (incluye equipaje no acompañado). También deben llevar lista de provisiones a bordo que la aduana puede requerir ver. El equipaje que los pasajeros llevan en mano o en bodega (acompañado) no se incluye en el manifiesto.
Ejemplo práctico
Un vuelo de carga de Miami a Buenos Aires presenta su manifiesto electrónicamente antes de aterrizar en Ezeiza
Efectos prácticos
•El manifiesto aéreo de carga es el equivalente del AWB (Air Waybill)
•El equipaje no acompañado (encomiendas) sí debe declararse
•Las provisiones de a bordo quedan sujetas a control discrecional