Artículo 20Aduanas – sedes y competencia territorial (derogado)
Texto oficial
Las aduanas funcionaban en los lugares habilitados por el Poder Ejecutivo Nacional. Cada aduana ejercía sobre las operaciones realizadas dentro de su zona primaria aduanera y en su circunscripción territorial.
Qué significa en la práctica
Determinaba dónde y cómo funcionaban las aduanas locales (p. ej., Aduana de Buenos Aires, Aduana de Mendoza). El concepto subsiste pero su regulación pasó a la DGA-AFIP por vía reglamentaria.