Ley 22.415

Artículo 224Inmutabilidad de la declaración de destinación registrada

Texto oficial

La declaración contenida en la solicitud de destinación de importación es inalterable una vez registrada y el servicio aduanero no admitirá del interesado rectificación, modificación o ampliación alguna, salvo las excepciones previstas en este código.

Qué significa en la práctica

Una vez presentada y registrada la declaración de importación, no se puede cambiar. Las excepciones están en el Art. 225 (errores comprobables antes del control) y en otras normas. Esta regla garantiza seguridad jurídica y evita declaraciones estratégicas que luego se modifican.

Ejemplo práctico

Si se declara 100 unidades y realmente son 110, no se puede rectificar salvo en los casos del art. 225

Efectos prácticos

  • El declarante debe ser preciso al declarar — no hay "second chances" en general
  • Las declaraciones inexactas pueden configurar infracción aduanera
  • Las excepciones del art. 225 son tasadas y limitadas
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