Ley 22.415

Artículo 247Formalidades de la liquidación — competencia de la Aduana

Texto oficial

La Administración Nacional de Aduanas establecerá con alcance general las formalidades con que deberá practicarse la liquidación a que se refiere el artículo 246.

Qué significa en la práctica

La Aduana reglamenta por resolución de alcance general cómo debe presentarse y calcularse la liquidación de tributos del Art. 246 (qué datos incluir, en qué formulario, en qué plazo, etc.).

Efectos prácticos

  • La aduana dicta el formato y procedimiento de la liquidación
  • Las liquidaciones deben cumplir las normas reglamentarias vigentes
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