Artículo 25Retención de mercaderías – procedimiento (derogado)
Texto oficial
El servicio aduanero podía retener mercaderías cuando existieran indicios de infracción aduanera o cuando fuere necesario para asegurar el pago de los tributos correspondientes, labrando acta en todos los casos.
Qué significa en la práctica
Regulaba la retención preventiva de mercaderías por sospecha de contrabando o deuda tributaria. El procedimiento actual está en la Sección XII del CA (infracciones) y en las instrucciones de la DGA.