Artículo 399Vencimiento del plazo para cumplimentar destinación
Texto oficial
Cuando se hubiere solicitado la destinación aduanera o la restitución a plaza y venciere el plazo para cumplimentarla, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 419.
Qué significa en la práctica
Si se solicitó la destinación pero venció el plazo para completarla, se aplica el Art. 419 que establece las consecuencias del incumplimiento.
Efectos prácticos
•Permite aplicar el art. 419 ante incumplimiento del plazo