Artículo 503No concurrencia con otros regímenes de equipaje
Texto oficial
Salvo disposición especial en contrario, el régimen de equipaje previsto en este Capítulo no puede aplicarse en forma concurrente con otros regímenes que previeren un tratamiento especial relativo al equipaje.
Qué significa en la práctica
El régimen general de equipaje no se acumula con otros regímenes especiales (ej: franquicia diplomática). Se aplica uno u otro, no los dos a la vez.
Efectos prácticos
•Principio de exclusión: un solo régimen de equipaje por operación