Ley 22.415

Artículo 571Reimportación — inaplicabilidad de prohibiciones económicas

Texto oficial

Cuando procediere la exención de tributos prevista en este Capítulo, la reimportación de mercadería queda asimismo exceptuada de la aplicación de prohibiciones de carácter económico a la importación.

Qué significa en la práctica

Cuando procede la exención de reimportación, también quedan suspendidas las prohibiciones económicas de importación.

Efectos prácticos

  • Exención de reimportación lleva aparejada la inaplicabilidad de prohibiciones económicas
← Ver en Código Aduanero completaCódigos