Ley 22.415

Artículo 631Poder Ejecutivo: facultad para establecer prohibiciones no económicas

Texto oficial

El Poder Ejecutivo podrá establecer prohibiciones de carácter no económico a la importación o a la exportación de determinada mercadería con el objeto de cumplir alguna de las finalidades previstas en el artículo 610.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo mantiene la facultad de establecer prohibiciones no económicas (salud, seguridad, soberanía, ambiente, etc.) sin necesidad de ley del Congreso. Solo las prohibiciones económicas requieren ley desde el Decreto 70/2023.

Ejemplo práctico

Decreto prohibiendo la importación de aceite de palma por razones ambientales

Efectos prácticos

  • El PEN puede prohibir por decreto la importación de mercadería peligrosa o contaminante
  • No requiere ley para prohibiciones fundadas en salud pública, seguridad o política exterior
  • Debe fundarse en alguna de las causas del art. 610
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