Artículo 709La denuncia no implica apertura automática de la investigación
Texto oficial
En ningún caso una denuncia implicará la automática apertura de la investigación sino que ésta sólo se abrirá previa verificación de que se reúnen los requisitos y de una evaluación sobre la verosimilitud de la misma.
Qué significa en la práctica
La hace un filtro previo antes de abrir formalmente la investigación: verifica los requisitos formales y evalúa si la denuncia es verosímil.
Efectos prácticos
•Evita la apertura de investigaciones sin mérito que molesten a importadores
•La autoridad tiene discreción para rechazar denuncias manifiestamente infundadas