Artículo 767Tasa de comprobación: gravamen por control en plaza de obligaciones de importación
Texto oficial
La importación para consumo respecto de la cual el servicio aduanero prestare un servicio de control en plaza, para comprobar que se cumplen las obligaciones que hubieren condicionado los beneficios otorgados a tal importación, está gravada con una tasa ad valorem por tal concepto.
Qué significa en la práctica
Cuando una importación para consumo se benefició con franquicias o exenciones condicionadas (por ejemplo, "para uso propio" o "para determinada actividad"), el servicio aduanero puede verificar en el establecimiento del importador que se cumplen esas condiciones. Por ese control se cobra una tasa ad valorem.
Efectos prácticos
•Aplica, por ejemplo, a importaciones de bienes de capital con exención condicionada al uso en la actividad del importador
•La visita de control en plaza por la AFIP-DGA puede generar el cobro de esta tasa