Artículo 826Compatibilidad entre reintegros y drawback
Texto oficial
El régimen de reintegros es compatible con el de drawback.
Qué significa en la práctica
Un exportador puede acumular reintegros (por tributos interiores) y drawback (por aranceles de importación de insumos) sobre la misma exportación, siempre que se cumplan las condiciones de cada régimen. No son excluyentes entre sí.
Efectos prácticos
•El exportador puede cobrar drawback por los aranceles de los insumos importados Y reintegros por los tributos interiores sobre la producción