Artículo 837Caducidad del derecho a cobrar estímulos por no presentar la solicitud en término
Texto oficial
Vencido el plazo para solicitar el pago de los importes que correspondieren en concepto de estímulos a la exportación, caducará el derecho que el interesado hubiere dejado de ejercer.
Qué significa en la práctica
Si el exportador no presenta la solicitud de drawback, reintegro o reembolso dentro del plazo reglamentario, pierde definitivamente su derecho a cobrar. No es (que puede interrumpirse) sino caducidad, que opera automáticamente.
Efectos prácticos
•La caducidad es automática y no puede interrumpirse ni suspenderse como la prescripción
•El exportador que olvida presentar el reclamo de reintegros en término pierde el beneficio irremediablemente