Ley 22.415

Artículo 858Medidas de retorsión en materia tributaria aduanera

Texto oficial

En materia tributaria aduanera, el Poder Ejecutivo podrá: a) aumentar la alícuota del derecho de importación ad valorem hasta el SEISCIENTOS (600 %) por ciento; b) aumentar hasta el quíntuplo el derecho de importación específico y el impuesto de equiparación de precios. No obstante, cuando este aumento resultare insuficiente, a juicio del mismo, podrá establecer un derecho de importación ad valorem de hasta el SEISCIENTOS (600 %) por ciento.

Qué significa en la práctica

Como retorsión, el PEN puede aplicar aranceles de importación extraordinarios: hasta el 600% ad valorem o quintuple el derecho específico. Esta es la "bomba arancelaria" que puede usar Argentina como represalia comercial.

Efectos prácticos

  • Un arancel del 600% hace prohibitivo el ingreso de un producto en la práctica
  • Estas medidas extremas se usan como palanca de negociación en disputas comerciales
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