Artículo 885Destino de las multas y del producido del comiso: rentas generales
Texto oficial
El importe de las multas aduaneras así como el producido de la venta de la mercadería comisada ingresará a rentas generales, previa deducción de los honorarios regulados judicialmente a favor de los profesionales fiscales y de los servicios de almacenaje.
Qué significa en la práctica
Las multas penales aduaneras y el dinero obtenido de vender la mercadería decomisada van al Tesoro Nacional (rentas generales), pero primero se deducen los honorarios de los abogados del Estado que llevaron la causa y los costos de almacenaje de la mercadería.
Efectos prácticos
•Los costos de almacenaje de mercadería secuestrada se deducen del producido antes de ingresarlo al Tesoro
•No hay distribución de multas entre fiscales o funcionarios: todo va al Estado, neto de costos