Ley 22.415

Artículo 909Acción infraccional contra el agente de transporte aduanero por infracciones del transportista

Texto oficial

En toda infracción aduanera cometida por el transportista o por las personas por las cuales debiere responder el mismo, el servicio aduanero podrá dirigir la acción respectiva contra el agente de transporte aduanero que lo representare. En este último supuesto si el agente de transporte aduanero fuere una persona de existencia ideal no se aplicará a su respecto lo previsto en el artículo 904.

Qué significa en la práctica

Cuando un transportista extranjero comete una infracción, la AFIP puede sancionar directamente al agente de transporte aduanero local (el que lo representa en Argentina) en lugar de perseguir al transportista. Si el agente es una empresa, no aplica la responsabilidad personal de sus directores del Art. 904.

Efectos prácticos

  • El agente IATA o el agente marítimo que representa al transportista infractor puede ser directamente sancionado
  • La excepción al art. 904 evita cascada de responsabilidades sobre los directores del agente cuando este es empresa
← Ver en Código Aduanero completaCódigos