Artículo 939Causales de extinción de la acción para hacer efectivas las penas infraccionales
Texto oficial
La acción para hacer efectivas las penas por infracciones aduaneras se extingue por:
a) amnistía;
b) indulto;
c) ;
d) muerte del condenado.
Qué significa en la práctica
Una vez dictada la condena, la acción para cobrar la multa (ejecutar la pena) puede extinguirse por amnistía, indulto, o muerte del condenado. El indulto no extingue la acción de imponer la pena (Art. 929), solo la de ejecutarla.
Efectos prácticos
•Si el condenado fallece antes de pagar la multa, la deuda se extingue: no pasa a sus herederos