Comienzo de la existencia. La existencia de la comienza con la concepción.
Qué significa en la práctica
La existe jurídicamente desde el momento de la concepción, ya sea en el seno materno o fuera de él (fecundación in vitro). A partir de ese momento tiene para ser titular de derechos y obligaciones.
Efectos prácticos
•El embrión concebido pero no implantado tiene protección jurídica
•Los derechos hereditarios del nasciturus quedan condicionados al nacimiento con vida