Ley 26.994

Artículo 2444Legitimarios

Texto oficial

Legitimarios. Tienen una porción legítima de la que no pueden ser privados por ni por actos de disposición entre vivos a título gratuito, los descendientes, los ascendientes y el cónyuge.

Qué significa en la práctica

La legítima es la porción de que la ley reserva forzosamente para los herederos forzosos (hijos, ascendientes, cónyuge). El testador no puede disponer libremente de esa porción: si lo hace, los herederos perjudicados pueden impugnar.

Efectos prácticos

  • Un padre no puede dejar toda su herencia a un extraño ignorando a sus hijos
  • Los hijos tienen derecho a los 2/3 de la herencia (legítima)
  • La acción de reducción permite reclamar lo que se donó de más en vida
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