Definición. La es una relación jurídica en virtud de la cual el acreedor tiene el derecho a exigir del deudor una prestación destinada a satisfacer un interés lícito y, ante el incumplimiento, a obtener forzadamente la satisfacción de dicho interés.
Qué significa en la práctica
Una es un vínculo jurídico entre dos personas: el deudor debe cumplir una prestación (dar, hacer o no hacer algo) en beneficio del acreedor, quien tiene el derecho de exigirla y de ejecutar el patrimonio del deudor si no cumple.
Efectos prácticos
•Toda obligación implica que el acreedor puede demandar judicialmente su cumplimiento
•El deudor responde con su patrimonio presente y futuro (art. 743 CCyCN)