Ley 11.179

Artículo 101Duelo a muerte

Texto oficial

Cuando los combatientes acordaren batirse hasta que uno de ellos quede muerto o imposibilitado de continuar el combate, los padrinos serán reprimidos con prisión de uno a cuatro años.

Qué significa en la práctica

Si el duelo se acuerda "a muerte", los padrinos que lo dirigieron cometen (1-4 años), aunque el duelo regular sin esta condición sea impune.
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