Se aplicará prisión o reclusión de dos a seis años, al que privare a otro de su libertad personal, cuando concurriere alguna de las circunstancias siguientes: 1. Si el hecho se cometiere con violencias o amenazas o con fines religiosos o de venganza; 2. Si el hecho se cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge o de otro individuo a quien se deba respeto particular; 3. Si resultare grave daño a la persona, a la salud o a los negocios del ofendido, siempre que el hecho no importare otro por el cual la ley imponga pena mayor; 4. Si el hecho se cometiere simulando autoridad pública u orden de autoridad pública; 5. Si la privación de la libertad durare más de un mes.
Qué significa en la práctica
La privación de libertad se agrava a 2-6 años por circunstancias como: uso de violencia, víctimas vulnerables, de autoridad (hacerse pasar por policía), o si la detención supera el mes.
Efectos prácticos
•Hacerse pasar por policía para detener a alguien: privación agravada