Ley 11.179

Artículo 149 terAmenazas agravadas — coacción

Texto oficial

En el caso del último párrafo del artículo , la pena será: 1. De tres a seis años de prisión o reclusión si se emplearen armas o si la amenaza se hiciere por escrito o por cualquier otro medio idóneo para la difusión masiva de mensajes, o en carácter de integrante u organizador de asociación ilícita; 2. De cinco a diez años de prisión o reclusión en los siguientes casos: a) Si las amenazas tuvieren como propósito la obtención de alguna medida o concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos; b) Si las amenazas tuvieren como propósito el de compeler a una persona a abandonar el país, una provincia o los lugares de su residencia habitual o de trabajo.

Qué significa en la práctica

Las amenazas coactivas se agravan según la modalidad y el objetivo. La agravante máxima (5-10 años) aplica cuando se coacciona al poder público o se obliga a alguien a exiliarse — figuras que reflejan represión política.

Ejemplo práctico

Amenazar a un fiscal para que no acuse: amenaza coactiva agravada, 5-10 años.

Efectos prácticos

  • Amenaza por redes sociales con masiva difusión: 3-6 años
  • Amenaza para que un juez archive una causa: 5-10 años
← Ver en Código Penal de la Nación Argentina completaCódigos