Ley 11.179

Artículo 152Excepciones al allanamiento

Texto oficial

Las disposiciones de los artículos anteriores no se aplicarán al que entrare en los sitios expresados, para evitar un mal grave a sí mismo, a los moradores o a un tercero, ni al que lo hiciere para cumplir un deber de humanidad o prestar auxilio a la justicia.

Qué significa en la práctica

No hay violación de domicilio cuando el ingreso se realiza para: (1) evitar un mal grave (estado de necesidad — humo, gritos, etc.); (2) deber de humanidad (auxiliar a alguien en peligro); (3) prestar auxilio a la justicia (perseguir a un delincuente que se refugia). Son eximentes específicas.

Ejemplo práctico

Quien rompe la puerta de un vecino porque escucha sus gritos de socorro: estado de necesidad, no violación de domicilio.

Efectos prácticos

  • El bombero que entra sin permiso para apagar un incendio no viola domicilio
  • El vecino que entra al departamento del que lo llama "ayuda" tampoco
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