Ley 11.179

Artículo 160Defraudación laboral

Texto oficial

Será reprimido con prisión de quince días a tres meses el empresario o empleador que, mediando la existencia de una negociación colectiva en trámite, establezca diferencias en el trato de los trabajadores en razón de su participación o no en un .

Qué significa en la práctica

Discriminar entre trabajadores (en , condiciones, beneficios) según su afiliación sindical durante una negociación colectiva es . Protege la libertad sindical y la buena fe en las negociaciones colectivas.
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