Ley 11.179

Artículo 19Inhabilitación absoluta

Texto oficial

La inhabilitación absoluta importa: 1° La privación del empleo o cargo público que ejercía el penado aunque provenga de elección popular; 2° La privación del derecho electoral; 3° La incapacidad para obtener los cargos, empleos y comisiones públicos; 4° La suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, cuyo importe será percibido por los parientes que tengan derecho a pensión. El tribunal podrá disponer, por razones de carácter asistencial, que la víctima o los derechos habientes de ésta perciban durante la condena la totalidad o una parte de dicho importe con cargo de restitución.

Qué significa en la práctica

La inhabilitación absoluta tiene cuatro efectos: (1) Pierde el cargo o que tenía (aunque sea electo). (2) No puede votar. (3) No puede acceder a ningún cargo público mientras dure. (4) Se suspende su jubilación o pensión (que cobra la familia con derecho a pensión). Es la sanción accesoria más grave para funcionarios.

Ejemplo práctico

Un intendente condenado a 4 años de prisión por defraudación queda automáticamente inhabilitado y pierde su cargo aunque le queden 2 años de mandato. Sus votos en elecciones son inválidos.

Efectos prácticos

  • Un funcionario condenado pierde su cargo aunque haya sido electo democráticamente
  • No puede votar durante la inhabilitación
  • Su jubilación queda suspendida y se redistribuye a sus derechohabientes
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