Siempre que se ejecutaren los delitos de rebelión o sedición, o cualesquiera otros delitos en banda o en cuadrilla, con el propósito de facilitar la impunidad, la autoridad más próxima al lugar en que ocurrieren les intimará que se disuelvan o retiren, dejándoles para ello un tiempo razonable. Si los delincuentes no se disolvieren o retiraren, se considerará que obran en flagrante .
Qué significa en la práctica
Antes de usar la fuerza para disolver una rebelión o sedición, la autoridad debe intimar a los sublevados a que se retiren, dándoles tiempo razonable. Si no obedecen, se consideran en y la fuerza es legítima. Establece un protocolo de desescalada previo al uso de fuerza estatal.
Ejemplo práctico
Autoridad policial que debe intimar a un grupo alzado en armas antes de proceder a disolverlo por la fuerza.
Efectos prácticos
•Es un procedimiento obligatorio antes del uso de fuerza
•Si los rebeldes usan armas primero, la intimación puede omitirse
•La flagrancia declarada habilita detención sin orden judicial