Ley 11.179

Artículo 232Atenuante por disolución pacífica

Texto oficial

En caso de disolverse el tumulto sin haber causado otro mal que la perturbación momentánea del orden, sólo serán enjuiciados los promotores o directores del movimiento, a quienes se reprimirá con la mitad de la pena señalada para el .

Qué significa en la práctica

Si la rebelión o sedición se disuelve voluntariamente sin causar daño más que la alteración del orden, solo responden penalmente los líderes y promotores, con la mitad de la pena. Es una atenuante significativa que incentiva la disolución pacífica.

Ejemplo práctico

Grupo que se subleva brevemente y luego se dispersa sin causar heridos ni daños materiales: solo sus organizadores pueden ser enjuiciados, con pena a la mitad.

Efectos prácticos

  • Solo los líderes responden — los simples participantes quedan impunes
  • La pena se reduce a la mitad para quienes se disuelven sin causar daño adicional
  • Incentivo legal para la disolución voluntaria de movimientos subversivos
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