El Art. 244 tipificaba el "desacato" — ofensas o faltas de respeto a un funcionario en ejercicio de sus funciones. Fue derogado por la Ley 24.198 (1993) por considerarse incompatible con la y el democrático.
Efectos prácticos
•Artículo derogado — no genera responsabilidad penal
•Las ofensas a funcionarios públicos pueden encuadrar en injurias (art. 110) como acción privada
•La derogación fue motivada por recomendaciones de organismos de derechos humanos