Ley 11.179

Artículo 250Negativa de auxilio de la fuerza pública

Texto oficial

Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el jefe o agente de la fuerza pública, que rehusare, omitiere o retardare, sin causa justificada, la prestación de un auxilio legalmente requerido por la autoridad civil competente.

Qué significa en la práctica

El jefe o agente de la fuerza pública (policía, gendarmería, etc.) que se niega, omite o demora sin causa justificada prestar auxilio requerido legalmente por una autoridad civil comete este : 1 mes a 2 años + inhabilitación doble. Garantiza la coordinación entre el poder civil y las fuerzas de seguridad.

Ejemplo práctico

Comisario que se niega a ejecutar una orden de allanamiento judicial sin causa justificada.

Efectos prácticos

  • Un jefe policial que se niega a colaborar con un juez puede encuadrar aquí
  • No aplica si hay causa justificada para la negativa (riesgo extremo, imposibilidad fáctica)
  • Refuerza el principio de subordinación de las fuerzas de seguridad a la autoridad civil
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