Ley 11.179

Artículo 256Cohecho pasivo

Texto oficial

Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones.

Qué significa en la práctica

El cohecho pasivo ("la coima") es cuando el funcionario acepta dinero, bienes u otra ventaja para actuar de cierta manera en su función. Pena: 1–6 años + inhabilitación perpetua. Es uno de los delitos de corrupción más típicos.

Ejemplo práctico

Funcionario que acepta dinero para otorgar una licitación

Efectos prácticos

  • La inhabilitación especial perpetua es la consecuencia más grave en la práctica
  • Tanto el que recibe como el que paga (cohecho activo, Art. 258) son penados
  • Basta con aceptar la promesa — no es necesario cobrar ni cumplir
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