Será reprimido con prisión de uno a seis años, el que directa o indirectamente diere u ofreciere dádivas en procura de alguna de las conductas reprimidas por los artículos 256 y 256 bis. Si la dádiva se hiciere u ofreciere con el fin de obtener una resolución o , la pena será de reclusión o prisión de dos a seis años. En ninguno de los casos se admitirá el arrepentimiento de ninguno de los partícipes de estos delitos cuando estén involucrados funcionarios que integren o hayan integrado poderes del Estado.
Qué significa en la práctica
El cohecho activo penaliza al que paga o ofrece la coima (1–6 años). Si se busca influir en una , la pena mínima sube a 2 años. Cuando hay funcionarios de poderes del Estado involucrados, no se acepta el arrepentimiento.
Ejemplo práctico
Empresario que entrega maletín con dinero al funcionario licitante
Efectos prácticos
•Tanto el que corrompe como el corrompido son penados
•La empresa privada que soborna a un funcionario comete cohecho activo
•La prohibición del arrepentimiento fue polémica legislativamente