Artículo 27 bisInstrucciones durante la condena en suspenso
Texto oficial
Al suspender condicionalmente la ejecución de la pena, el Tribunal deberá disponer que, durante un plazo que fijará entre dos y cuatro años según la gravedad del , el condenado cumpla todas o alguna de las siguientes reglas de conducta, en tanto resulten adecuadas para prevenir la comisión de nuevos delitos: 1. Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; 2. Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas; 3. Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; 4. Asistir a la escolaridad primaria, si no la tuviere cumplida; 5. Realizar estudios o prácticas necesarios para su capacitación laboral o profesional; 6. Someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo dictamen pericial; 7. Adoptar oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia; 8. Realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo.
Qué significa en la práctica
La condena en suspenso no es solo "no ir a prisión": el juez impone reglas de conducta durante 2 a 4 años. Pueden incluir restricciones de movimiento, tratamientos, trabajo comunitario, etc. Estas reglas son obligatorias y su incumplimiento puede revocar la suspensión.
Ejemplo práctico
Un joven condenado en suspenso por lesiones culposas puede recibir como condición: abstenerse de conducir bajo efecto del alcohol por 2 años y someterse a tratamiento por alcoholismo.
Efectos prácticos
•El juez debe imponer al menos una regla de conducta
•El incumplimiento de las reglas puede revocar la condena en suspenso