Ley 11.179

Artículo 27 bisInstrucciones durante la condena en suspenso

Texto oficial

Al suspender condicionalmente la ejecución de la pena, el Tribunal deberá disponer que, durante un plazo que fijará entre dos y cuatro años según la gravedad del , el condenado cumpla todas o alguna de las siguientes reglas de conducta, en tanto resulten adecuadas para prevenir la comisión de nuevos delitos: 1. Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; 2. Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas; 3. Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; 4. Asistir a la escolaridad primaria, si no la tuviere cumplida; 5. Realizar estudios o prácticas necesarios para su capacitación laboral o profesional; 6. Someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo dictamen pericial; 7. Adoptar oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia; 8. Realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo.

Qué significa en la práctica

La condena en suspenso no es solo "no ir a prisión": el juez impone reglas de conducta durante 2 a 4 años. Pueden incluir restricciones de movimiento, tratamientos, trabajo comunitario, etc. Estas reglas son obligatorias y su incumplimiento puede revocar la suspensión.

Ejemplo práctico

Un joven condenado en suspenso por lesiones culposas puede recibir como condición: abstenerse de conducir bajo efecto del alcohol por 2 años y someterse a tratamiento por alcoholismo.

Efectos prácticos

  • El juez debe imponer al menos una regla de conducta
  • El incumplimiento de las reglas puede revocar la condena en suspenso
  • El trabajo comunitario es una opción habitual
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