Ley 11.179

Artículo 299Tenencia de instrumentos para falsificar

Texto oficial

Sufrirá prisión de un mes a un año, el que fabricare, introdujere en el país o conservare en su poder, materias o instrumentos conocidamente destinados a cometer alguna de las falsificaciones legisladas en este Título.

Qué significa en la práctica

Tener, fabricar o importar instrumentos (planchas, tintas especiales, equipos) destinados a falsificar documentos, sellos o moneda: 1 mes–1 año. Es un de peligro abstracto — no hace falta que se haya producido ninguna falsificación.

Ejemplo práctico

Tener planchas de impresión de billetes

Efectos prácticos

  • Los equipos de impresión offset con tintas de seguridad en contexto sospechoso pueden encuadrar
  • Es delito de mera tenencia cuando el destino es notoriamente falsificador
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