Tras la muerte del ofendido por el de calumnia o injuria, podrán ejercer la acción privada el cónyuge, hijos, nietos y padres sobrevivientes.
Qué significa en la práctica
Si la víctima de calumnia o injuria muere antes de poder querellarse, sus familiares directos (cónyuge, hijos, nietos, padres) pueden iniciar la acción en su nombre. Protege el honor de personas fallecidas.
Efectos prácticos
•Los herederos tienen legitimación activa solo para calumnia e injuria