Ley 11.179

Artículo 98Duelo irregular

Texto oficial

Los que se batieren sin intervención de padrinos, mayores de edad, que eligieran las armas y dirigieran el combate, serán reprimidos: 1. Con prisión de uno a seis meses, al que no hubiere causado alguna a su adversario, o sólo le hubiere causado lesiones leves; 2. Con prisión de uno a cuatro años al que le hubiere causado lesiones de las clasificadas como graves en el artículo 90; 3. Con prisión de dos a seis años al que le hubiere causado las lesiones del artículo 91; 4. Con prisión de seis a doce años al que hubiese dado muerte a su adversario.

Qué significa en la práctica

El duelo sin padrinos (irregular) es punible, con escala que va del resultado: sin lesiones/leves hasta la muerte. Figura igualmente anacrónica.

Efectos prácticos

  • En la práctica el duelo irregular es procesado como homicidio o lesiones directamente
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