Ley 27.150

Artículo 17Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes — denominación

Texto oficial

Los Tribunales Orales de Menores conservarán su actual integración, numeración y se denominarán Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes.

Qué significa en la práctica

Los Tribunales Orales de Menores (TOM) pasan a llamarse "Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes". El nuevo nombre refleja la perspectiva de derechos del niño: ya no son "menores" sino "adolescentes" en conflicto con la ley penal.

Efectos prácticos

  • Juzgan a personas que cometieron delitos siendo menores de 18 años
  • Aplican el régimen penal especial para adolescentes
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