Ley 27.150

Artículo 18Juzgados Nacionales de Garantías CABA — denominación

Texto oficial

Los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción y los Juzgados Nacionales en lo Correccional de la Capital Federal conservarán su actual integración y se denominarán Juzgados Nacionales de Garantías. Los juzgados correccionales se numerarán del cincuenta (50) al sesenta y tres (63) respectivamente.

Qué significa en la práctica

Los viejos juzgados de instrucción (que investigaban) y los correccionales (que juzgaban faltas y delitos leves) de CABA se unifican bajo el nombre "Juzgados Nacionales de Garantías". Los 14 juzgados correccionales se renumeran del 50 al 63 para evitar confusión con los de instrucción.

Ejemplo práctico

El ex Juzgado Correccional N° 1 pasa a ser el Juzgado Nacional de Garantías N° 50

Efectos prácticos

  • El juez ya no instruye — controla garantías durante la investigación del fiscal
  • La renumeración (50-63) distingue los ex-correccionales de los ex-instructores
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