Ley 27.150

Artículo 40Distribución equitativa de causas

Texto oficial

Hasta que se pongan en funcionamiento las Oficinas Judiciales, los órganos competentes asegurarán una distribución equitativa de las causas.

Qué significa en la práctica

Antes de que las Oficinas Judiciales funcionen, los tribunales deben garantizar que las causas se distribuyan de forma equitativa entre los jueces. Nadie puede recibir muchas más causas que sus pares.

Efectos prácticos

  • Mecanismo de sorteo o turno para la asignación de nuevas causas
  • Protege la imparcialidad al evitar que las partes elijan su juez
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