Ley 0

Artículo 101Agua

Texto oficial

Son de del Estado las aguas públicas ubicadas en su que tengan o adquieran aptitud para satisfacer usos de interés general. La ley regla el gobierno, administración, manejo unificado e integral de las aguas superficiales y subterráneas, la participación directa de los interesados y el fomento de aquellos emprendimientos y actividades calificadas como de interés social. La Provincia concierta con las restantes jurisdicciones el uso y el aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes.

Qué significa en la práctica

Las aguas de uso público son del Estado provincial. La ley debe gobernar su gestión integral (superficiales y subterráneas). Chubut debe coordinar con otras provincias el uso de las cuencas compartidas como el río Chubut.

Ejemplo práctico

El aprovechamiento del río Chubut requiere coordinación entre las provincias que comparten esa cuenca, y cualquier uso que afecte esas aguas compartidas debe acordarse interjurisdiccionalmente.

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