Artículo 10ºNulidad de normas contrarias a la Constitución
Texto oficial
Toda ley, decreto u ordenanza que imponga al ejercicio de las libertades o derechos reconocidos por esta Constitución otras restricciones que las que la misma permite o prive de las garantías que ella asegura, son nulos y no pueden ser aplicados por los jueces.
Qué significa en la práctica
Cualquier norma (ley, decreto u ordenanza) que restrinja derechos o elimine garantías más allá de lo que la Constitución permite es automáticamente nula. Los jueces tienen la de no aplicarla.
Ejemplo práctico
Si una ordenanza municipal prohíbe las reuniones pacíficas sin autorización previa, un juez debe declararla inconstitucional y no aplicarla, ya que viola el derecho de reunión garantizado constitucionalmente.