Ley 0

Artículo 124Composición de la Legislatura

Texto oficial

El Poder Legislativo es ejercido por una Cámara de Diputados integrada por veintisiete miembros, elegidos directamente por el pueblo de la Provincia en distrito único. El elector vota por una lista de dieciséis diputados titulares y ocho suplentes para reemplazar a aquéllos en casos de renuncia, muerte o impedimento. Al partido más votado le corresponde dieciséis bancas y las once restantes se distribuyen a su vez entre los demás partidos por el sistema proporcional, respetándose el orden en que están colocados los candidatos en las respectivas listas oficializadas.

Qué significa en la práctica

La Legislatura de Chubut tiene 27 diputados elegidos en distrito único. El partido ganador se lleva 16 bancas (mayoría automática) y las 11 restantes se reparten proporcionalmente entre los demás partidos.

Ejemplo práctico

En las elecciones legislativas de Chubut, el partido que gana obtiene automáticamente 16 de los 27 escaños, lo que le da mayoría propia. Los otros 11 escaños se distribuyen proporcionalmente entre la oposición.

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