Las sesiones son públicas, salvo cuando la naturaleza de los asuntos a considerar exige lo contrario. La Legislatura sesiona con la mayoría absoluta de sus miembros, pero cuando por falta de quorum fracasan dos sesiones consecutivas, puede sesionar con la tercera parte de sus miembros. Tratándose de sesiones especiales, el quorum de la tercera parte rige cuando la citación se ha hecho con anticipación de por lo menos tres días.
Qué significa en la práctica
Las sesiones son públicas por regla general. El quórum normal es la mayoría absoluta (14 de 27 diputados), pero si dos sesiones consecutivas fracasan por falta de quórum, basta con la tercera parte (9 diputados) para sesionar.
Ejemplo práctico
Si dos sesiones seguidas se caen por falta de quórum, la tercera puede celebrarse con solo 9 de los 27 diputados presentes —un mecanismo antibloqueo constitucional—.