Ley 0

Artículo 154Alejamiento Post-Mandato

Texto oficial

El Gobernador y el Vicegobernador no podrán ausentarse de la Provincia sin autorización de la Legislatura, hasta tres meses después de haber terminado su .

Qué significa en la práctica

El Gobernador y el Vicegobernador no pueden salir de Chubut durante los 3 meses posteriores al fin de su sin autorización legislativa. Es una garantía de disponibilidad ante eventuales responsabilidades derivadas del ejercicio del cargo.

Ejemplo práctico

Un Gobernador que termina su mandato el 10 de diciembre no puede viajar al exterior hasta el 10 de marzo sin autorización de la Legislatura, aunque ya no esté en funciones.

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