Ley 0

Artículo 15ºRegión

Texto oficial

El Gobierno Provincial concierta con otras provincias la ejecución de políticas interjurisdiccionales mediante la celebración de convenios y tratados que contemplen incluso la constitución de acuerdos regionales con la finalidad de atender intereses comunes. La delegación de atribuciones legislativas o jurisdiccionales en organismos supra provinciales requiere la aprobación de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura, sujeta tal aprobación a referéndum popular posterior como condición de vigencia.

Qué significa en la práctica

Chubut puede unirse a otras provincias en organismos regionales, pero si eso implica ceder facultades legislativas o judiciales, necesita dos tercios de la Legislatura y además la aprobación popular en referéndum.

Ejemplo práctico

Para que Chubut ingrese a un organismo regional con poderes de dictar normas vinculantes (como un tribunal arbitral patagónico), la Legislatura debe aprobarlo por dos tercios y la ciudadanía debe ratificarlo en las urnas.

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