Ley 0

Artículo 173Juzgamiento con Vocales Legos

Texto oficial

Para el juzgamiento de las causas criminales vinculadas a delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública Provincial, los tribunales competentes se integran en forma minoritaria por vocales legos sorteados de una lista de ciudadanos que deben reunir las condiciones requeridas para ser diputados y en la forma que establece la ley.

Qué significa en la práctica

Cuando se juzga a funcionarios públicos por delitos dolosos contra el Estado provincial (corrupción, malversación, etc.), el tribunal debe integrarse parcialmente por ciudadanos comunes (vocales legos) sorteados de una lista, para incorporar el control popular en estos casos sensibles.

Ejemplo práctico

Si un intendente es acusado de malversación de fondos municipales, el tribunal que lo juzgue debe incluir vocales legos —ciudadanos sorteados— que participen en la deliberación junto a los jueces letrados.

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