Ley 0

Artículo 180Incompatibilidades por Parentesco

Texto oficial

Los parientes o afines dentro del cuarto grado civil no pueden ser simultáneamente miembros en un mismo Tribunal colegiado o jueces y titulares del Ministerio Público que actúan ante ellos, ni conocer los nombrados magistrados y funcionarios en asuntos que hayan resuelto como jueces o actuado como fiscales sus parientes o afines dentro de dicho grado.

Qué significa en la práctica

Prohíbe que familiares hasta el cuarto grado civil (primos inclusive) integren simultáneamente el mismo tribunal, o que un juez intervenga en causas donde su familiar ya actuó como juez o fiscal. Busca evitar nepotismo y conflictos de interés en el Poder Judicial.

Ejemplo práctico

Si un juez del STJ tiene un primo hermano como fiscal ante el mismo tribunal, esa situación es incompatible: uno de los dos debe excusarse o ser reemplazado.

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